Presidente de la Conferencia Episcopal Polaca: Intervención en la 6ª sesión general

13-10-2015
1269

Sábado, 10 de octubre 2015.

+ Stanisław Gądecki
Arzobispo Metropolitano de Poznań
Presidente de la Conferencia Episcopal Polaca

Quiero empezar subrayando que la siguiente intervención no refleja únicamente mi opinión personal, sino la opinión de toda la Conferencia Episcopal de Polonia.

  1. No hay duda de que la Iglesia de nuestro tiempo debe – en espíritu de misericordia –, ayudar con caridad especial a los divorciados casados de nuevo civilmente, para que no se consideran separados de la Iglesia, mientras pueden en efecto, como bautizados, participar en Su vida.

Se les exhorte a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio de la Misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad en favor de la justicia, a educar a los hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios. La Iglesia rece por ellos, los anime, se presente como madre misericordiosa y así los sostenga en la fe y en la esperanza (cf. Juan Pablo II, Familiaris consortio, 84).

  1. Sin embargo, la Iglesia – en su enseñanza sobre la admisión de los divorciados casados de nuevo – no puede someterse a la voluntad del hombre, sino sólo a la voluntad de Cristo (cf. Pablo VI, Discurso a la Rota Romana, 28/01/1978; Juan Pablo II, Discurso a la Rota Romana, 23/01/1992, 29/01/1993 y 22/01/1996). En consecuencia, la Iglesia no puede dejarse llevar ni por sentimientos de falsa compasión para las personas, ni por los modos de pensamiento que, a pesar de su popularidad en el mundo, son equivocados.

Admitir a la Comunión a los que siguen cohabitando “more uxorio” [como esposos] sin el vínculo sacramental sería contrario a la Tradición de la Iglesia. Los documentos de los primeros sínodos de Elvira, Arles y Neocesarea, que tuvieron lugar en los años 304-319, ya confirmaron la doctrina de la Iglesia de no admitir a las personas divorciadas y casadas otra vez a la Comunión Eucarística.

Esta posición se basa en el hecho de que “su estado y situación de vida contradicen objetivamente la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, significada y actualizada en la eucaristía” (Juan Pablo II, Familiaris consortio, 84; 1 Cor 11:27-29; Benedicto XVI, Sacramentum Caritatis, 29; Francisco, Ángelus del 16 de agosto de 2015).

  1. La Eucaristía es el sacramento de los bautizados que están en estado de gracia sacramental. La admisión de los divorciados casados de nuevo civilmente a la Santa Comunión constituiría un gran daño no sólo para el ministerio pastoral de la familia, sino también para la doctrina de la Iglesia sobre la gracia santificante.

De hecho, la decisión de admitirles a la Sagrada Comunión abriría la puerta a este sacramento para todos los que viven en pecado mortal. Esto a su vez conduciría a la eliminación del Sacramento de la Penitencia y distorsionará el significado de la vida en estado de gracia santificante. Por otra parte, hay que señalar que la Iglesia no puede aceptar la llamada “gradualidad de la ley” (Juan Pablo II, Familiaris consortio, 34).

Como el Papa Francisco nos recordó, nosotros que estamos aquí no queremos y no tenemos poder para cambiar la doctrina de la Iglesia.